REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
GUARICO.
Tucupido, 02 de Junio de 2011.-
200° y 151°
Vista la diligencia de fecha 31 de Mayo de 2011, introducida y suscrita por la ciudadana: YURBIS NAILE GARCIA TORRES, en su carácter de autos, donde desiste de la Acción y del Procedimiento en la presente causa Expediente N° 823-08 .-El Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos establecidos- Se ordena el Archivo del presente expediente y remitir en su oportunidad al Archivo Principal.- Provéase lo conducente.-
EL JUEZ PROVISORIO :

ABG. VICENTE RAMÓN VIVAS BRICEÑO


LA SECRETARIA TEMPORAL:

ABG. DAYRIS ARVELAEZ RAMOS.

Exp. Nº 823-08
VRVB/Dayris