REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 21 DE JUNIO DE 2011
201º Y 151º
Vista propuesta de Obligación de Manutención (f. 11), propuesta ante este despacho por parte del ciudadano: JUAN MANUEL RUIZ GONZALEZ , en fecha 20 de Junio de 2011, donde propuso como Obligación de Manutención en la cantidad de Bs. 420,00 mensuales, colaborar para gastos propios de la època decembrina, mèdico y medicinas cuando se amerite; y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: MAYERLIN COROMOTO CARAPA BLANCO; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente.- En consecuencia se acuerda oficiar al Banco Banfoandes a los fines de aperturar cuenta de ahorro a nombre de los niños: XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, la cual será movilizada por la Ciudadana: MAYERLIN COROMOTO CARAPA BLANCO, pero siempre bajo la supervisión de esta instancia judicial.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño. La Secretaria Temporal;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
En la misma fecha, con Oficios Nº , se dio cumplimiento a lo ordenado en el autor anterior.-
La Secretaria Temporal;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
Exp. Nª 1139-11.
VRVB/DAR/mildred.
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