REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.


Sentencia Def. Nº 13-11
Actuando En Sede: Civil.
Solicitud N° 3.240-11
Motivo: Único y Universal Heredero.
Solicitante: NORY DEL VALLE LORETO de MEJIAS.

En relación a la solicitud presentada en fecha 08 de abril de 2011, suscrita por la ciudadana: NORY DEL VALLE LORETO de MEJIAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-7.296.933, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ZHINDY ROSALIA PUNCE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.515, del mismo domicilio, donde solicita en su condición de madre sea declarado como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del De Cujus JEAN CARLOS MEJIAS LORETO, quien falleció ab-intestato, en El Sombrero, Estado Guárico, en fecha 23-05-2.010.
La solicitud fue admitida en fecha 11-04-2.011, y siendo ésta la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo, para lo cual previamente observa:
El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovida por la ciudadana: NORY DEL VALEE LORETO de MEJIAS, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a la ciudadana: NORY DEL VALLE LORETO de MEJIAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-7.296.933; como Único y Universal Heredera, del extinto JEAN CARLOS MEJIAS LORETO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.092.075, quien falleció ab-intestato, en esta población de El Sombrero, Estado Guárico, el día 23 de mayo de 2.010, según se evidencia de acta de defunción Nº 46, de fecha 18-06-2010.
Devuélvase las presentes actuaciones a la solicitante, una vez que quede definitivamente firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. El Sombrero, a los dos días del mes de junio de dos mil once.- Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-------------------

La Juez Prov.

Dra. Carmen Alicia Rodríguez.
La Secretaria,

Abg. Isabel Yoaly Barrios Pérez.
En esta misma fecha, siendo las 03:00 de la tarde, se registró, publicó y se dejó copia certificada de la anterior decisión.
La Stria.