PARTES DEMANDANTES: Ciudadanos ALBERTO RAFAEL ALVAREZ MANRIQUE, ESNARDO JOSE MARQUEZ MENDEZ, JHONNY ALEXANDER MEZA Y LUIS GERARDO ALVAREZ MANRIQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.001.416, 16.505.111, 13.680.767 Y 17.740.559; respectivamente.

APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDANTES: Ciudadano: AMPARO CAMPOS SILVA, FREDDY GUEVARA, ANDREA CAROLINA SOTILLO CAMPOS Y OLY YOLANDA CAMACHO VELASQUEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 28.713, 26.958, 140.288 y 107.704, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil: “PROMOTORA ALTOS DEL VALLE, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 23 de marzo de 2006, quedando anotado bajo el Nº 72, Tomo: 4-A; representada por su Presidente, ciudadana: MARIBEL CORREIA BELLOTI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.479.236.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadanos: JUAN VICENTE CABRERA e IVO URPIN VILLAROEL, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.26.613 y 59.885, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS INDEMNIZACIONES LABORALES.

Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua; y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:


PRUEBAS DE LAS PARTES DEMANDANTES:
I
PRUEBA DOCUMENTAL
En relación a las documentales, promovidas y consignadas en el capitulo I; de conformidad al artículo 77 de la Ley Orgánica del Trabajo, se admite cuanto ha lugar derecho, por no ser contraria a la ley; contentivo de:
a) Recibos de pagos de salario, emanados de la sociedad mercantil: Promotora Altos del Valle, C.A; consignados en copias al carbón. (Folios 51 al 104).

PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA:
I
DEL MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS
Con relación al merito favorable de los autos; promovido en el capitulo primero, del escrito de promoción de pruebas; este Tribunal observa que tal alegación no es un medio de prueba sino la solicitud de aplicación del Principio de la Comunidad de la Prueba; al no ser un medio de prueba no puede ser admitido por este Tribunal; en consecuencia se INADMITE, por no ser un medio de prueba. Y así se establece.
II
PRUEBA DOCUMENTAL
En relación a las documentales, promovidas y consignadas en el capitulo I; de conformidad al artículo 77 de la Ley Orgánica del Trabajo, se admite cuanto ha lugar derecho, por no ser contraria a la ley; contentivo de:
1) Marcados del 1 al 68, recibos de pago de salarios semanal, que abarca el periodo comprendido del mes de Julio 2008 al mes de diciembre del año 2009, los cuales reflejan los pagos hechos al ciudadano Eduardo Márquez Méndez; consignados en forma original. (Folios 113 al 180).
2) Recibo de cancelación de los conceptos de vacaciones fraccionadas al mes de diciembre del año 2008 y utilidades, consignados en forma original, marcado con la letra “B”. (Folio 181).
3) Recibos de cancelación de adelanto de prestaciones sociales, de fechas 24-12-2009, 15-01-2010 y 12-02-2010; recibidos por el demandante Eduardo Márquez Méndez; consignados en forma original, marcados con la letra “C”, “D” y “E”. (Folio 182 al 185).
4) ) Recibo de Préstamo a cuenta de prestaciones sociales, por la cantidad de Bs. 1.000, de fecha 14 de octubre del año 2008; consignado en forma original, marcados con la letra “F”. (Folio 186).
5) Marcados del 1 al 70, recibos de pago de salarios semanal, que abarca el periodo comprendido del mes de Julio 2008 al mes de diciembre del año 2009, los cuales reflejan los pagos hechos al ciudadano Álvaro Álvarez Manríquez; consignados en forma original. (Folios 187 al 254, 261 y 262).
6) Recibos de cancelación de los conceptos de vacaciones fraccionadas al mes de diciembre del año 2008 y utilidades, consignados en forma original, marcado con la letra “B-1”. (Folio 255).
7) Recibos de cancelación de adelanto de prestaciones sociales, de fechas 24-12-2009, 15-01-2010 y 12-02-2010; recibidos por el demandante Álvaro Álvarez Manríquez; consignados en forma original, marcados con la letra “C-1”, “D-1” y “E-1”. (Folios 256 al 260).
8) Marcados del 1 al 69, recibos de pago de salarios semanal, que abarca el periodo comprendido del mes de Julio 2008 al mes de diciembre del año 2009, los cuales reflejan los pagos hechos al ciudadano Jhony Alexander Meza; consignados en forma original. (Folios 347 al 415).
9) Recibo de cancelación de los conceptos de vacaciones fraccionadas al mes de diciembre del año 2008 y utilidades, consignados en forma original, marcado con la letra “B-2”. (Folio 340).
10) Recibos de cancelación de adelanto de prestaciones sociales, de fechas 24-12-2009, 15-01-2010 y 12-02-2010; recibidos por el demandante Jhony Alexander Meza; consignados en forma original, marcados con la letra “C-2”, “D-2” y “E-2”. (Folios 341 al 344).
11) Recibo de Préstamo a cuenta de prestaciones sociales, por la cantidad de Bs. 1.000, de fecha 11 de noviembre del año 2008; consignado en forma original, marcados con la letra “F”. (Folio 345).
12) Marcados del 1 al 70, recibos de pago de salarios semanal, que abarca el periodo comprendido del mes de Julio 2008 al mes de diciembre del año 2009, los cuales reflejan los pagos hechos al ciudadano Luís Gerardo Álvarez; consignados en forma original. (Folios 163 al 332).
13) Recibo de cancelación de los conceptos de vacaciones fraccionadas al mes de diciembre del año 2008 y utilidades, consignados en forma original, marcado con la letra “B-3”. (Folio 333).
14) Recibos de cancelación de adelanto de prestaciones sociales, de fechas 24-12-2009, 15-01-2010 y 12-02-2010; recibidos por el demandante Luís Gerardo Álvarez; consignados en forma original, marcados con la letra “C-3”, “D-3” y “E-3”. (Folios 334 al 337).
15) Recibo de Préstamo a cuenta de prestaciones sociales, por la cantidad de Bs.800, de fecha 04 de julio del año 2008; consignado en forma original, marcados con la letra “F-3”. (Folio 338 y 339).
III
PRUEBA TESTIMONIAL
En relación a la prueba testimonial promovida, el Tribunal la admite, por cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, a los ciudadanos: LISMAR ZALAZAR, FRAN LARA, TIBISAY VIDAL Y LORENA SA; quienes deberán responder al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que le formule la ciudadana Juez, si así lo considere necesario; la parte promovente deberá presentar a los testigos en la Audiencia de Juicio, todo de conformidad artículo 153 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ,


ABG. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS
LA SECRETARIA,


Abg. ALEJANDRA HERNANDEZ H