REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 19 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de marzo de dos mil once (2011)
200° y 152°

ASUNTO: AP21-S-2011-000467

Visto el escrito Transaccional, presentado por los abogados del ciudadano JEFFERSON JESUS DIAZ titular de la Cédula de Identidad N° 19.737.435, parte oferida en la presente causa, asistido en este acto por el abogado Noslen Tovar identificado con el I.P.S.A. N° 112.059, y por la parte oferente el abogado Jesús Leopoldo identificado con el I.P.S.A. N° 97.802, y copia del cheque por la suma de BS. 703,53, asimismo solicita copias certificadas, este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. En relación a las copias certificadas solicitadas se ordena su expedición. Todo en la oferta de pago realizada por INVERSIONES RJM 33 C.A., al ciudadano JEFERSSON DIAZ

La Juez

El Secretario

Abg. Jhacnini Torres


Abg. Henry Jesús Castro Sánchez