REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Once (11) de Marzo de Dos Mil Once (2011)
200º y 152º
ASUNTO : AP31-S-2011-001702
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE GONZALEZ SALAZAR y MARIANGEL DESIREE BRACAMONTE FEBLES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-15.761.860 y V-14.202.413, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos, LUIS ENRIQUE GONZALEZ SALAZAR y MARIANGEL DESIREE BRACAMONTE FEBLES, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 25/02/2011, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
LA SECRETARIA,
ERICA CENTANNI SALVATORE
NGC/EC/Rhazes G.
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