REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 14 de marzo de 2011
Años 200ª y 152ª
Asunto: AP21-L-2010-004793
Parte Actora: RICHARD JESUS RAMIREZ ISTURIZ., Venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 6.449.544.
Abogado Asistente de la parte Actora: EUGENIO GAMBOA Venezolano, mayor de edad inscrito en el instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 71.212.
Parte Demandada: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA RELACIONES EXTERIORES.
Apoderado judicial de la parte demandada: No acredito en autos.
Motivo: Calificación de Despido
Vista la diligencia de 26 de octubre de 200, suscrita por el ciudadano RICHARD JESUS RAMIREZ ISTURIZ., actuando en su carácter de parte demandante en el presente procedimiento, debidamente asistido por el abogado EUGENIO GAMBOA, ambos plenamente identificados al inicio de la presente decisión; quien manifiesto su voluntad de desistir del presente procedimiento de Calificación de Despido incoado en contra del REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA RELACIONES EXTERIORES ahora bien este Juzgado a tenor de lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte su homologación dicho desistimiento, se da por terminada la presente causa, se ordena la remisión al archivo del presente expediente, así como su cierre informático.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas, http: //caracas.tsj.gov.ve/.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas.
GILBERTO JANSEN
EL JUEZ
MIGDALIA MONTILLA
LA SECRETARIA
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