REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Segundo 12° de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Caracas, 17 de Marzo de 2011
200º y 152º

ASUNTO: AP51-S-2010-002053
PARTE SOLICITANTE: NATALI GRACE DELGADO GAMBOA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.886.
ABOGADO ASISTENTE: ISABEL ALEJANDRA PARADA ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.77 en su condición de Defensora Pública del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira.
MOTIVO: TUTELA


Se dio inicio a la presente solicitud en fecha 08 de Febrero de 2010, mediante escrito presentado por la ciudadana NATALI GRACE DELGADO GAMBOA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.886, actuando en su carácter de hermana materna del niño se omiten datos, doce (12) años de edad, debidamente encuentra debidamente asistido por la abogada Abg. ISABEL ALEJANDRA PARADA ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.77 en su condición de Defensora Pública del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, mediante la cual solicita la apertura del procedimiento de Tutela correspondiente, por cuanto en los actuales momentos tiene bajo su cuidado, protección y responsabilidad al niño de marras, en virtud de la muerte de sus progenitores. Ahora bien, vista la juramentación y aceptaciones de los cargos propuestos en el presente procedimiento, realizadas primero: por la ciudadana NATALI GRACE DELGADO GAMBOA, ut supra identificada, con el cargo de TUTORA, el ciudadano FRANCISCO MALDONADO GAMBOA, titular de la cédula de identidad N° V-10.165.589, como PROTUTOR; la ciudadana ANGNES CATHERINE MALDONADO CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.222.283, como SUPLENTE DEL PROTUTOR; y los ciudadanos LILIANA SOBEIDA PUCCINI ROJAS, HEBERT FRANCOY MALDONADO CÁRDENAS, JOSÉ GREGORIO ORTEGANO SERRANO y HONORIO ARMANDO ROJAS MELENDEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.410.900, V-5.742.377, V-5.304.080 y V-6.929.912, respectivamente, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, del niño se omiten datos, doce (12) años de edad, este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 313 y 314 del Código Civil, DISCIERNE los cargos antes mencionados, con todos los deberes inherentes al mismo a dichos ciudadanos, en consecuencia, se decreta la Tutela Interina a favor del niño ALBERT FRANCISCO MALDONADO GAMBOA, así mismo este Tribunal insta a la Tutora con los demás miembros del Consejo de Tutela a los fines de consignar a los autos Inventario de Bienes de la menor. Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión y de la solicitud, para lo cual se insta a la parte interesada a consignar los fotostatos respectivos, y una vez que conste ello en autos se proveerá lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ,


ABG. WILLIAN A. PAEZ J.

LA SECRETARIA,


ABG. ANADIS OCHOA


EXP. AP51-S-2010-002053
WAPJ/AO/Jenyret*
Motivo: Tutela