REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 02 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : JK21-P-2003-000017
ASUNTO : JK21-P-2003-000017
JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADO: YONNY JOSE PAVIQUE DALE, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº 16.998.806, natural de Valle de Chaguaramas, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 14/07/79, de 31 años de edad, hijo de los ciudadanos Argelia Mercedes dale y Diógenes Pavique, actualmente recluido en la Penitenciaria General de Venezuela.
DEFENSA: PUBLICA PENAL I.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DECISION: INICIO DE OFICIO TRAMITE POSIBLE REGIMEN ABIERTO.
Visto el auto anterior de reforma de cómputo de pena realizado a favor del ciudadano YONNI JOSE PAVIQUE DALE, mediante el cual se determinó como fecha para optar al REGIMEN ABIERTO el 13/07/2007.
Este Tribunal Primero de Ejecución con fundamento en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal y visto el tiempo que ha transcurrido desde la anterior evaluación psicosocial que se le realizó al penado, ACUERDA INICIAR DE OFICIO LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO y para ello ORDENA:
1.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan de los Morros, solicitando se le realice al penado a la brevedad posible la evaluación Psico-Social, remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia y del auto de reforma de cómputo de pena.
2.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que remita a este Despacho, con la prontitud del caso, la constancia actualizada de los posibles antecedentes penales que pudiera presentar el penado.
3.- Ofíciese al director de la Penitenciaria General de Venezuela, solicitando información sobre si tiene conocimiento de otros Asuntos Penales o procedimientos jurisdiccionales que se sigan en contra del penado y cuya vigencia corresponda al cumplimiento de la pena.
4.- Notificar al penado y a su defensa que deben consignar carta de trabajo.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO a favor del ciudadano YONNY JOSE PAVIQUE DALE, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº 16.998.806, natural de Valle de Chaguaramas, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 14/07/79, de 31 años de edad, hijo de los ciudadanos Argelia Mercedes dale y Diógenes Pavique, actualmente recluido en la Penitenciaria General de Venezuela. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.
Es Justicia en Valle de La Pascua, a los dos (02) días del mes de marzo de 2011.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,
ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA,
ABOG. INES RODRIGUEZ