JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 28 DE MARZO DE 2011.
200º Y 151º
Vista la proposición hecha por el Ciudadano: WUILLIAN DE JESUS CASTRO, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: ZAIDA JOSEFINA BLANCO SANCHEZ, insertado en el folio 228, donde se estableció para la manutenciòn, depositara en la cuenta de ahorro, en el Banco Bicentenario, la cantidad de TRESCIENTOS CNCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,oo), MENSUAL, en lo que corresponde a la època escolar y decembrina en 50% y en cuanto a mèdico y medicinas en el caso que lo amerite.- En consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Abog. Vicente Ramón Vivas Briceño. La Secretaria Temporal;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
Exp. N° 690-06.
VRVB/DAR/mildred.
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