REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veinticuatro (24) de Mayo de dos mil once (2011)
201º y 152°
ASUNTO: AP21-L-2011-000535
PARTE ACTORA: JOSBETH PEREZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANGEL RINCON AGUANA Y CARLOS RATIA
PARTE DEMANDADA: REPRESENTACIONES BOOTS 2223 C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ELY MENDOZA MOGOLLON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy Martes Veinticuatro (24) de Mayo de Dos Mil Once (2011), siendo las 3:00 p:m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma de la parte actora la ciudadana JOSBETH PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 14.547.554, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia de la comparecencia de la abogada ELY MENDOZA MOGOLLON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.997, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la empresa REPRESENTACIONES BOOTS 2223 C.A. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 152°
El Juez
Abg. Miguel Yilales Zurita
El Secretario.
Las Partes Abg. Ronald Arguinzones.
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