REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco (05) de mayo de dos mil once 2011
200º y 151º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-000433
PARTE ACTORA: SODEXHO VENEZUELA, C.A
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: SIMON JURADO
PARTE DEMANDADA: SINDICATO DE EMPRESAS DE LOS TRABAJADORES DE SODEXHO DE ALIMENTACIÓN Y SERVICO, C.A (SINTRASODEXHO)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: DISOLUCION DE SINDICATO.


ACTA INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día hábil de hoy, 05 de mayo de 2011, siendo las 11:00 A.M, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, el ciudadano SIMON JURADO, abogado, inscrito en el IPSA N° 76.855, apoderado judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil “SODEXHO VENEZUELA, C.A” por una parte y, el ciudadano MIGUEL MEDINA ALCALÁ abogado inscrito en el IPSA bajo el Nos: 135.375, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa “SINDICATO DE EMPRESAS DE LOS TRABAJADORES DE SODEXHO DE ALIMENTACIÓN Y SERVICIO, C.A (SINTRASODEXHO)” tal como consta al folio 145 autos, dándose así inicio a la audiencia. En este estado el apoderado judicial de la parte demandada, “SINDICATO DE EMPRESAS DE LOS TRABAJADORES DE SODEXHO DE ALIMENTACIÓN Y SERVICO, C.A” (SINTRASODEXHO) toma el derecho de palabra y expone al Tribunal;

“Visto que los trabajadores que conformaban el sindicato al cual represento, se encuentran afiliados al SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS C.A. (SINTRASOVASER) y otros han decidido poner fin a sus relaciones de trabajo; dejando al Sindicato con solo ocho miembros activos, convengo en este acto en la disolución del “SINDICATO DE EMPRESAS DE LOS TRABAJADORES DE SODEXHO DE ALIMENTACIÓN Y SERVICIO, C.A (SINTRASODEXHO). Es todo”.
Acto Seguido; la representación judicial de la parte actora expone:

“Vista la exposición que antecede sobre el convenimiento en el escrito libelar solicito al Tribunal que proceda en este acto a homologar el convenimiento en los términos antes señalados y proceda en consecuencia a declarar disuelto judicialmente al “SINDICATO DE EMPRESAS DE LOS TRABAJADORES DE SODEXHO DE ALIMENTACIÓN Y SERVICIO, C.A (SINTRASODEXHO)”.

El Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al proceso laboral en virtud de la remisión genérica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece:

“Si el demandado conviniere en todo cuanto se le exija en la demanda, quedará ésta terminada y se procederá como en cosa juzgada, previa la homologación del convenimiento por el Tribunal”,

Y visto que la parte demandada “SINDICATO DE EMPRESAS DE LOS TRABAJADORES DE SODEXHO DE ALIMENTACIÓN Y SERVICIO, C.A (SINTRASODEXHO) ha manifestado en esta audiencia preliminar que conviene en la presente causa, facultad que le ha sido conferida en forma expresa, según documento poder que corre al folio 145 de autos, HOMOLOGA el convenimiento suscrito entre las partes, dándole efectos de Cosa Juzgada; por lo que se da por terminado el presente proceso y una vez quede firme la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez

Abg. Danilo Serrano

Apoderado parte actora


Apoderada parte demandada



El Secretario

Abg. Oscar rojas

AP21-L-2011-000433
DS/OR