CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO.
Caracas, 03 de Mayo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-003823
Vistas y analizadas las actas procesales que conforma el presente asunto, contentivo de la solicitud de TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana MARÍA DE LOS ANGELES PÉREZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.025.762, actuando en su propio nombre y representante legal de su hermano (Se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), y evacuadas como han sido las testimoniales de los ciudadanos LUIS ANDRÉS FUENMAYOR y OSCAR MANUEL CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.387.524 y V-15.025.762, respectivamente, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA suficientes las presentes actuaciones para acreditar como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus NARLOHE CELINA LÓPEZ SERRANO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-5.094.801, a su cuatro (04) hijos (Se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), y a su esposo el ciudadano DELFOS SIMÓN PÉREZ HURTADO venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.572.077, dejando a salvo los Derechos de Terceros, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaría las copias certificadas de todas las actuaciones que se requieran, y entréguense a la parte interesada, una vez consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. JORGE GUSTAVO MIRABAL.
ABG. LUCY PEDROZA.
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, siendo la hora que indique el Sistema Juris. Cúmplase.
LA SECRETARIA,
ABG. LUCY PEDROZA.
JGM/LP/Yosoty.
AP51J2011-003823.
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