REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, treinta y uno (31) de mayo de dos mil once (2011)
200º y 152º


ASUNTO: AP51-V-2011-000682

Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, habiéndose realizado una audiencia de Mediación y vista el acta de CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR y OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN suscrito por los ciudadanos GLORIA AURIMAR RAMÍREZ RUJADO y SAXIT AGUARRE ZAMURIO LEZAMA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.020.386 y V-13.613.124 respectivamente, a favor de su hijo (Se omite su nombre por disposición del artículo 65 de Lopnna) este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo en los mismos términos, fines y condiciones expuestos por las partes; dejándose constancia de que el padre suministrará la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) MENSUALES que entregará a la madre. Se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Con la presente resolución se dá por terminado el presente asunto. Cúmplase.-
LA JUEZ

LA SECRETARIA
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE

Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero