REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

ASUNTO: AP21-R-2011-000968
PRINCIPAL: AP21-L-2009-004147

En el día de hoy, miércoles dos (02) de noviembre de dos mil once (2011), siendo las once de la mañana (11,00 a.m.), oportunidad señalada para la celebración de la audiencia oral y pública de apelación en el juicio seguido por FREDDY RAFAEL MARTINEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.558.390, por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, contra la FUNDACION INSTITUTO DE ESTUDIOS CORPORATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMON RODRIGUEZ (FIEC-UNESR), inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 11 de junio de 1997, bajo el N° 29, tomo 36 del Protocolo Primero; se anunció el acto a las puertas de la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, y constituido el Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, en la sala de audiencias N°5 del referido Circuito Judicial, el Juez dio inicio al acto, solicitando del Ciudadano Secretario informe acerca del motivo de la audiencia y de la comparecencia de las partes, a lo que éste informó que la misma se encuentra circunscrita el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 15 de junio de 2011, por la cual declaró con lugar la demanda en el juicio arriba reseñado; y que se encuentran presentes en la sala de audiencias, el actor, FREDDY RAFAEL MARTINEZ, arriba identificado, acompañado por su abogado, EDUARDO RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 80.801. Se deja expresa constancia que la parte demandada recurrente, no compareció al presente acto, en forma alguna, razón por la cual el tribunal declara desistido el recurso de apelación, y en consecuencia, desistido el procedimiento, confirmándose el fallo apelado. Se orden al remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación correspondiente. Así mismo, se deja constancia que la presente audiencia ha sido grabada mediante una cámara de video marca Sony, operada por un técnico del Departamento Audiovisual de esta Circuito Judicial, donde permanecerá el disco compacto con la grabación de la audiencia en sobre precintado para su resguardo y conservación. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firma.

El Juez,


El actor y su apoderado,



El Secretario,