ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003133
PARTE ACTORA: LEOBARDO MARTINEZ MAVARES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS ROMERO CRUZ y ROBINSON VASQUEZ
PARTE DEMANDADA: CALZADO DORIA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VICENTE VILLARROEL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 3 de Noviembre de 2011, siendo las 2:00 PM. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los apoderados judiciales LUIS ROMERO, ROBINSON VASQUEZ Y VICENTE VILLARROEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.572, 20.200 y 110.773 respectivamente; actuando los dos primeros, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y el último, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano TONY DI BENEDETTO, titular de la cédula de identidad número 6.145.343 en su carácter de Representante de la demandada; dándose inicio a la audiencia. En este estado, la parte demandada, a los fines de dar por terminado el presente proceso, ofrece cancelar al trabajador la cantidad de Bsf.340.000,oo monto éste que comprende los conceptos: antigüedad, vacacional y bono vacacional, utilidades, indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva del preaviso, intereses moratorios, intereses de mora. Asimismo, señala que ofrece cancelar este monto de la siguiente manera: a.- La cantidad de Bsf. 75.000,oo en fecha 7 de noviembre de 2011. b.- La cantidad de Bsf.75.000,oo en fecha 7 de diciembre de 2011. c.- La cantidad de Bsf. 47.500,oo en fecha 23 de enero de 2011. d.- La cantidad de Bsf. 47.500,oo en fecha 9 de febrero de 2011. e.- La cantidad de Bsf. 47.500,oo en fecha 9 de marzo de 2011. f.- La cantidad de Bsf. 47.500,oo en fecha 9 de abril de 2011. En este estado, la parte actora analizada la oferta hecha por la demandada, acepta la misma en los términos expuestos. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia preliminar.
El Juez


Abg. Neyireé Toledo

Parte actora



Parte Demandada



La Secretaria