REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
201° y 152°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003680
PARTE ACTORA: MAGDALENO GARCIA MARIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EFRAIN JOSE SANCHEZ BARRIOS, HECTOR GOMEZ
PARTE DEMANDADA: BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PRINCE JUAN CARLOS
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, dieciséis de noviembre de dos mil once, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; En este estado comparece el abogado JUAN CARLOS PRINCE inscrito en el IPSA bajo el Nº 57.053 en su carácter de apoderado de la parte demandada quien consigna copia del poder y en original ad effectum vivendi, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
La Juez
Abg. Yolimar Avila
Apoderado de la demandada
El secretario