Vista la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas (U.R.D.D.), presentada por la ciudadana MARICELA RAVELO CASTRO, titular de la cédula de identidad N° V-6.901.412, debidamente asistida por la abogada IVONNE SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.609, mediante la cual solicitan la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, de su hijo MAIKER ALEXANDER RAMOS RAVEL, quien era titular de la cédula de identidad N° 15.378.682, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones del año 2010, llevado por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Nro. 659, ya que, adolece el siguiente error: En ella se transcribió el nombre de la madre del difunto Maiker Alexander Ramos Ravelo, como MARISELA RAVELO, siendo lo correcto MARICELA RAVELO. Para probar lo alegado la solicitante de la presente Rectificación de Acta de Defunción consignó a los autos, copia certificada del acta errada objeto de la presente solicitud y copia simple de su acta de nacimiento, emitida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el N° 706 y de fecha 07 de marzo de 1972, donde se evidencia el nombre correcto de la ciudadana MARICELA RAVELO, y que en virtud de ser un documento público, de conformidad con el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal lo reconoce con valido. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena a la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital, estampar la nota marginal en el acta de defunción perteneciente al difunto MAIKER ALEXANDER RAMOS RAVEL, anotada bajo el Nº 659, de fecha 18 de julio del año 2010, de la siguiente manera: En donde dice: HIJO DE PEDRO RAMOS DE CINCUENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD, NATURAL DE CARACAS Y DE MARISELA RAVELO DE CUARENTA Y OCHO AÑOS DE EDAD, debe decir: HIJO DE PEDRO RAMOS DE CINCUENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD, NATURAL DE CARACAS Y DE MARICELA RAVELO DE CUARENTA Y OCHO AÑOS DE EDAD. Y así se declara. Líbrense oficios a las autoridades respectivas y anéxese al mismo copia certificada de la presente decisión. Líbrense oficios. Y así se decide.
EL JUEZ,
Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
La Secretaria del Tribunal deja constancia que se requieren fotostatos para proveer lo ordenado en el anterior auto.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
JECI/IMCR/Jerimy.
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