ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004943
PARTE ACTORA: RICHARD DANIEL URBINA CARRERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COSNTITUYO
PARTE DEMANDADA: 360 PIZZA LOUNGE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, siete de noviembre de dos mil once, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Ańos 152 ° y 201 °.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Gloria García Guzmán
Abg. Xiomara Gelvis