ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-002034
PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO AVILA CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL ROJAS RODRIGUEZ, IDELSA MARQUEZ, MARIA SUAZO SUAREZ, LISBETH ROJAS SUAZO
PARTE DEMANDADA: GANADERIA LOS PROCERES CA (RESTAURANT GANADERO GRILL)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUNATAN HURTADO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 01 de noviembre de 2011, a las 03:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados LISBETH ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 148.078, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y JUNATHAN HURTADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.015, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada a los fines de llegar a un acuerdo ofrece pagar a la parte actora en este acto la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.. 12.000,00), a través de cheque a nombre del trabajador, de fecha 01.11.2011, identificado con el Nº 15609370, girado contra la cuenta corriente Nº 01050607731607007746, del Banco Mercantil; la parte actora visto el ofrecimiento realizado por la demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se devolvieron las pruebas promovidas por las partes. Finalmente, visto que se ha cumplido en este acto con el acuerdo, se ordena el cierre y archivo del expediente.


La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín


Apoderada judicial de la parte actora


Apoderado judicial de la parte demandada



El Secretario,

Abg. Antonio Boccia