REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 11 de noviembre de 2011

ASUNTO: AP51-S-2010-001810
SOLICITANTES: MICHELLE ANTOINNETTE EZAGUI GUTIERREZ y ALFONSO LEOPOLDO RESTREPO FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.674.334 y V- 14.689.449, respectivamente.
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto de SEPARACION DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos MICHELLE ANTOINNETTE EZAGUI GUTIERREZ y ALFONSO LEOPOLDO RESTREPO FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.674.334 y V- 14.689.449, respectivamente, mediante la cual, informaron a este Tribunal por diligencias de fechas 07/07, y 09/011/2011, que surgió una reconciliación entre los cónyuges y en consecuencia solicitan se ordene el cierre y archivo del presente asunto.
Que en fecha 21/07/2011, la abogada JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS, se aboco al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba.
En razón de lo antes expuesto, esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO, el presente asunto de conformidad con lo establecido en el articulo 194 del Código Civil de Venezuela, en consecuencia se ordena el Cierre y Archivo del Presente asunto. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ

Abg. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS. LA SECRETARIA,

ABG. YUGARIS CARRASQUEL
Violeta.-