REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación,
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 25 de noviembre de 2011

ASUNTO: AP51-S-2002-000495

SOLICITANTE: YOLEIDA MARGARITA RIVAS APARICIO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.712.127.
ABOGADO ASISTENTE: NESTOR ZAMBRANO, Defensor Publico Primero del Sistema de Protección del Área Metropolitana de Caracas.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO.

Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto y visto que en fecha 21/11/2011, el Abogado RAMÓN LIZCANO, actuando en su carácter de Fiscal Centésimo Sexto del Ministerio Publico, mediante diligencia dio su opinión favorable, en virtud de lo solicitado por este Despacho Judicial en fecha 07/11/2011, en consecuencia, esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, AUTORIZA a la ciudadana YOLEIDA MARGARITA RIVAS APARICIO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.712.127, a retirar de la cuenta de ahorro Nro. 0003-0023-39-0100170865, del Banco Industrial, a favor de las hermanas SE OMITEN DATOS, la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO, CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 1678,00); Asimismo, se ordena oficiar a la Oficina de Control y Consignaciones, a los fines de que se sirvan girar las instrucciones respectivas. Cúmplase. ASI SE DECIDE.
LA JUEZA,

Abg. JOOCMARO OVIEDO CONTRERAS LA SECRETARIA

Abg. YUGARIS CARRASQUEL
JOP/YC/MM.