En el dìa de hoy, 21 de Noviembre de 2011, siendo las 9:00 horas de la mañana, acordada como ha sido la habilitación del Tribunal por el tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con la presencia de la Abogada Actora Yully Concepción Molina Yépez, Inpreabogado Nº 160.532, en la Calle de la Urbanización El Saman Vereda “A” de este Municipio Francisco de Miranda del Estado Guarico, a los fines de practicar Medida de Embargo Preventivo ordenado en la presente Comisión Nº 694-2011, emanado del juzgado Primero de los Municipios, sede Calabozo. Presente en este acto el ciudadano: Freddy José Lugo, titular de la cedula de Identidad Nº V- 10.620.863, quien fue notificado de la misión del Tribunal. seguidamente el Tribunal procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano Dennys Jesús Andrea D` Jesús, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.410.035, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 539 del Código de Procedimiento Civil y como Perito Avaluador a la ciudadana Fanny Jaquelin Infante Parra, titular de la Cedula de Identidad 14.238.360, a quienes se les concedió el derecho de palabra y manifestaron: “Aceptamos el cargo recaído en nuestra persona y juramos cumplir bien y fielmente con las funciones inherentes al cargo. “En este estado interviene la Abogada Actora ya plenamente identificado y expone: “Señalo para que sea embargado en este acto un vehiculo de las siguientes características: Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon; Marca: Jeep; Modelo Cherokee; Año 1998; Color: Beige; Placa XEC398; Serial de Carrocería 8YCML783XJV051953; Serial del Motor: 8 Cilindros: Uso Particular, el cual es propiedad de la parte Demandada, según consta de Documento Notariado en fecha 20 de Junio de 2008, bajo el Nº 18, Tomo 67 de los Libros de Autenticaciones llevados por la Notaria Publica Cuadragésima Cuarta del Municipio Libertador del Distrito Capital Caracas del cual anexo copia fotostática para que la misma sea agregada a los autos de la presente comisión, es todo. “Acto seguido el Tribunal visto el señalamiento formulado por la parte Actora DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehiculo antes señalado y plenamente identificado, en consecuencia ordena agregar a los autos de la presente comisión la copia fotostática antes señalada y por consiguiente la perito designada procede a informar lo siguiente: Tapicería buena, un Caucho de repuesto, Latonería y pintura en regular estado, aire acondicionado en regular estado, cuatro (04) cauchos en regular estado, un reproductor, luces en regular estado, los vidrios en regular estado, espejos retrovisores en regular estado, la parrilla en regular estado, cuatro (04) rines de aluminio en regular estado, y las placas que son dos copias posee alfombra una entera y dos individuales, es por lo que se valora en la cantidad de Noventa y Cinco Mil Bolívares fuertes (Bs. 95.000,00) aproximadamente, es todo. “En este estado el Tribunal HACE ENTREGA Y PONE EN POSESION, del Depositario Judicial Denia D`Andrea el vehiculo Embargado quien estando presente manifiesta que lo recibe conforme a los efectos de la guarda y custodia de Ley y a los fines del traslado del mismo al Deposito respectivo. Y Cumplida como ha sido la presente comisión ordena regresar a su sede natural siendo las 11:00 horas de la mañana, dejando constancia que se encontraba custodiado por los efectivos Sgto /2º Rodríguez Carlos, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 21.243.192 y el Sgto/2 Ramírez Kristofer, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 20.608.371, adscritos al Destacamento Nº 65, Comando Regional Nº 6, de la Guardia Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, quienes dan fe de todo lo actuado en el presente acto, es todo, termino, fue leído y conformes firman: la Juez. Abg. Natacha Braschi Dumith. La Abogada Actora. El Notificado, quien manifestó que se negaba a firmar la presente Acta, que solo firmaba cuando este el presente. El Depositario. El Perito. Los Efectivos de la Guardia Nacional. La Secretaria Yelitza Flores. La Alguacil Francis Mújica.
|