PARTE DEMANDANTE: DOUGLAS JOSÉ BARCENAS, titular de la cédula de Identidad número V.-12.595.018

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO

PARTE DEMANDADA: CIUDADANO FREDDY LOPEZ

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado ALECIO VALERI MARTINEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N°


En el día de hoy Miércoles cinco (05) de octubre de dos mil once (2.011), siendo las (10:00 a.m .), de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, toda vez que se habiéndose dado por notificado el demandado en la persona de su representante legal, se ha producido la notificación tacita , motivo por el cual se deja constancia de la no comparecencia de la PARTE ACTORA ni por si ni por medio de apoderado alguno; no así la PARTE DEMANDADA quien lo hace a través de su apoderado judicial Abogado ALECIO VALERI MARTINEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.365 carácter este que consta a los autos.; así las cosas de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.

LA JUEZA


GLANES BORGES ROMERO


APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA

EL SECRETARIO,


JUAN MANUEL MARCANO

N° DE EXPEDIENTE: JP51-L-2011-000232