REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, once de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-001667
Visto el escrito transaccional presentado en fecha tres (03) de octubre de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL,S.A., representada por su apoderado judicial el abogado en ejercicio LUIS ROJAS BECERRA, I.P.S.A. Nro. 10.038, y por la otra, el ciudadano REINALDO JAIMES, titular de la cédula de identidad Nro. 6.184.202, en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por el abogado HECTOR LUNAR ZAPATA, I.P.S.A. Nro. 83.868, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 104.464,16; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En relación con las copias certificadas solicitadas, este Juzgado acuerda su expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Tomas Mejías
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