REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2010-001698
PARTE OFERENTE: ELCA COSMETICOS S.A.
PARTE OFERIDA: JOSE LUIS SALAVARRIA.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.
Vista la diligencia que antecede de fecha 06/10/2011, presentada por la ciudadana CLARISSA STUYT, abogado en ejercicio inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 139.520, en su condición de apoderada judicial de la parte oferente ELCA COSMETICOS S.A., mediante la cual desiste del procedimiento de oferta real de pago intentado por su representada, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho desistimiento, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Por último se deja constancia que el monto ofertado en la presente solicitud fue de Bs. 1.222.189,88 - Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Abg. Héctor Mujica
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