REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-001530
PARTE OFERENTE: INVERSIONES KACOSHIMA 2009 C.A.
PARTE OFERIDA: JOSE SALAS.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción que antecede, presentado por el ciudadano JOSE SALAS, titular de la Cédula de Identidad N° 17.442.855, parte oferida por una parte, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NOSLEN TOVAR, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N°112.059, por una parte, y por la otra el ciudadano JESUS ANTONIO LEOPOLDO, apoderada judicial de la parte oferente INVERSIONES KACOSHIMA 2009 C.A., parte oferente, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON CERO SEIS CENTIMOS (Bs. 3.336,06), de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión y por cuanto consta en autos el pago acordado por las partes, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Por último se deja constancia que el monto ofertado en la presente solicitud fue de Bs. 650,00. - Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Héctor Mujica
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