REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 20 DE OCTUBRE DE 2011.
201º Y 151º

Vista propuesta de Obligación de Manutención (f. 08), propuesta ante este despacho por parte del ciudadano: JOSE VICENTE PEREZ CHAVEZ, en fecha de hoy, 20 de Octubre de 2011, donde propuso como Obligación de Manutención en la cantidad de Bs. 150,00 mensuales, para gastos propios escolar y època decembrina en 50%, mèdico y medicinas cuando se requiera; y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: NEYDA JOSEFINA ZAMORA CORDERO; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente.- En consecuencia se acuerda oficiar al Banco Bicentenario, a los fines de aperturar cuenta de ahorro a nombre de los niños: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXX, la cual será movilizada por la Ciudadana: NEYDA JOSEFINA ZAMORA CORDERO, pero siempre bajo la supervisión de esta instancia judicial.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño. La Secretaria;


Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

En la misma fecha, con Oficio Nº , se dio cumplimiento a lo ordenado en el autor anterior.-
La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

Exp. Nª 1169-11.
VRVB/DAR/mildred.