REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÈ FELIX RIBAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO



TUCUPIDO, Tres (03) de Octubre de 2011
200° y 151°

SOLICITANTE: JUANA GRACIELA SOLER ARMAS, Asistida por la abogada MARIAN FAVIOLA DURAND RENGIFO
MOTIVO: SOLICITUD DE ÙNICOS Y UNIVERSALES HEDEROS
SOLICITUD: Nº 5.270-11


Visto el escrito que encabezan estas actuaciones mediante el cual la ciudadana JUANA GRACIELA SOLER ARMAS, asistida de la abogada MARIAN FAVIOLA DURAND RENGIFO, abogada en ejercicio , inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.547, solicita sea declarada conjuntamente con sus hermanos: EDESIO RAFAEL SOLER ARMAS, ROBERT ANTONIO SOLER ARMAS, GUILLERMO ANTONIO SOLER ARMAS, MARIA BERNANRDA SOLER DE MARTINEZ, RAFAEL CELESTINO SOLER ARMAS, RUBEN JOSE SOLER ARMAS, YSMAEL JOSE SOLER ARMAS, como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta JUANA GRACIELA ARMAS DE SOLER, quién falleció el día 21 de Julio de 2011, en el Hospital Militar, parroquia San Juan del Municipio Libertador, ciudad de Caracas, cumplida la publicación ordenada y visto los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos ciudadanos NELSON ALBERTO LOVERA RIERA Y MASSIEL CAROLINA MORENO HERRERA, quienes manifestaron conocer suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana JUANA GRACEILA SOLER ARMAS, asi como también a sus hermanos EDESIO RAFAEL SOLER ARMAS, ROBERT ANTONIO SOLER ARMAS, GUILLERMO ANTONIO SOLER ARMAS, MARIA BERNANRDA SOLER DE MARTINEZ, RAFAEL CELESTINO SOLER ARMAS, RUBEN JOSE SOLER ARMAS, YSMAEL JOSE SOLER ARMAS ; que igualmente conocieron a la difunta JUANA GRACIELA ARMAS DE SOLER, que les consta que la difunta mencionada falleció en el Hospital Militar, Parroquia

San Juan del Municipio Libertar, ciudad de Caracas, el dìa 21 de Julio de 2011 y que les consta que la difunta no procreó otros hijos sino los mencionados en esta solicitud; que les consta lo antes dicho por conocer suficientemente a la solicitante y a sus hermanos. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadana JUANA GRACIELA SOLER ARMAS, conjuntamente con sus hermanos : EDESIO RAFAEL SOLER ARMAS, ROBERT ANTONIO SOLER ARMAS, GUILLERMO ANTONIO SOLER ARMAS, MARIA BERNANRDA SOLER DE MARTINEZ, RAFAEL CELESTINO SOLER ARMAS, RUBEN JOSE SOLER ARMAS, YSMAEL JOSE SOLER ARMAS; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta JUANA GRACIELA ARMAS DE SOLER . Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales de las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.
La Secretaria ;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos

Seguidamente se devuelve constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria ;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

VRVB/ Dayris
Sol. Nº 5.270-11