REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JULIAN MELLADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
200º y 152º


Sentencia Def. Nº 21-12
Actuando En Sede: Civil.
Solicitud N° 3.270-11
Motivo: Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: MARILIN JOSEFINA AREVALO TALAVERA.

En relación a la solicitud y demás recaudos anexos presentada en fecha 09 de junio de 2011, suscrita por la ciudadana: MARILIN JOSEFINA AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-11.121.479, domiciliada en esta población de El Sombrero, Municipio Julián Mellado del Estado Guárico, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO OROCUA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.462, donde solicita en su condición de hija conjuntamente con sus hermanos, ciudadanos: DAIVY RAFAEL AREVALO TALAVERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-11.121.478; ELVIS LUIS AREVALO TALAVERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.710.295; NORMELYS CAROLINA AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-16.714.252; DEICY ROMERVI AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-16.714.243; y DANIELA ANTONIETA AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-19.473.834; y todos del mismo domicilio, sean declarados Únicos y Universales Herederos del De Cujus JESÚS RAFAEL AREVALO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.512.172, quien falleció ab-intestato en esta ciudad de El Sombrero, Estado Guárico, el día 14 de mayo de 2010.
El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden de este Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a los ciudadanos: MARILIN JOSEFINA AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-11.121.479, DAIVY RAFAEL AREVALO TALAVERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-11.121.478, ELVIS LUIS AREVALO TALAVERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.710.295, NORMELYS CAROLINA AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-16.714.252, DEICY ROMERVI AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-16.714.243, y DANIELA ANTONIETA AREVALO TALAVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-19.473.834, domiciliados en esta ciudad de El Sombrero, Estado Guárico, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto JESÚS RAFAEL AREVALO, anteriormente identificado. Y así se decide.-
Expídanse tres (03) copias certificadas del expediente y junto con su original entréguense a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este JUZGADO DEL MUNICIPIO JULIAN MELLADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en la ciudad de El Sombrero, a los siete (07) días del mes de octubre del año dos mil once.- (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Provisoria

Abg. Carmen Alicia Rodríguez Pérez




El Secretario

Abg. Jairo Efraín Nares Ortega En la misma fecha siendo las 03:00 p.m., se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.----------------------------------------------------------------------------------
El Strio.