REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo (17) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete (27) de septiembre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-001632
Visto el escrito de transacción presentado el 23 de septiembre de 2011, por el ciudadano ANTONIO PEREIRA, titular de la cedula de identidad V- 12.889.650 en su carácter de parte oferida debidamente asistido por el abogado NOSLEN TOVAR inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 112.059 y el abogado JESUS ANTONIO LEOPOLDO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.802 en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente TECNICA NUTRICIONAL MRC C.A; cancelando esta última la cantidad de MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES (BS. F. 1.859,82) suma esta que es acordada por las partes que es pagada de la siguiente forma: mediante cheque Nro. 12875552 del Banco Banesco a favor del ciudadano ANTONIO PEREIRA por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado, los cuales recibe manifestando estar conforme con la cantidad señalada, en consecuencia, este Juzgado Décimo Séptimo (17) de Sustanciación, Medicación y Ejecución de este Circuito Judicial, visto que el acuerdo al que llegaron las partes no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, LO HOMOLOGA, dándole efecto de cosa juzgada. Así mismo vista la solicitud de copias certificadas de la presente transacción y del auto de homologación, en consecuencia, se acuerda expedir por Secretaria las copias solicitadas todo ello de conformidad a lo establecido en el numeral 3 del articulo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que se insta a las partes a consignar las copias simples a los fines de su certificación
LA JUEZ
ABG. LUISA ROSALES
EL SECRETARIO
ABG. LUIS BARRANCO
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO
ABG. LUIS BARRANCO
|