REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 30 de septiembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2007-002611
ASUNTO : JP01-P-2007-002611

Imputado: LUIS EDUARDO PINTO
Delito: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVE
Decisión: Decreta Sobreseimiento de la Causa.
Jueza: Abg. YURI RODRIGUEZ


Corresponde a este Tribunal conocer y decidir la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio y la defensa de cada uno de los imputados de autos, quien basa su solicitud en lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y pasa a decidir previo a las siguientes consideraciones:

Las actuaciones tuvieron su inicio en fecha 12 de Septiembre de 2007, por actuaciones realizadas por funcionarios adscritos a Transito Terrestre del Estado Guarico. En la que se ordenó la práctica de todas las diligencias de investigación para el esclarecimiento de los hechos.

En fecha 13-09-2007 se realiza Reconocimiento Medico Legal al ciudadano EDIANNY SALAZAR.

En fecha 04-08-2011 se presenta SOBRESEIMIENTO a solicitud de la fiscalia 12º del Estado Guarico.


Fundamentos de hecho y de derecho
Señala el Ministerio Público, que de la investigación realizada se demuestra la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, y que a la fecha ha operado la extinción de la acción penal, en virtud de verificación de la prescripción de la acción penal, existente para el momento que la vindicta publica presentara el acto conclusivo de ley.

De las actuaciones se evidencian los siguientes elementos de investigación: 1) Acta Policial de fecha 12-09-2007. 2) Croquis del Accidente 3) Reconocimiento Medico Legal.

Examinados los elementos de investigación, se evidencia claramente la comisión del delito señalado por el Ministerio Público, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 1º del Código Penal Reformado, originándose así la extinción de la acción penal de conformidad al artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Sobre la base de las disposiciones antes señaladas, lo que hace procedente y ajustado a derecho declarar Con Lugar la solicitud fiscal. Y así se decide:

Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida contra el ciudadano LUIS EDUARDO PINTO y donde aparece como víctima EDIANNY SALAZAR, conforme a lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 3º, 321 y 324 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión. Déjese Copia. -
La Juez


Abg. YURI RODRIGUEZ

La secretaria

Abg. ANA BOLIVAR