REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-000487
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 02 de abril 2012, por la abogada CAROLINA GUZMAN, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 131.031, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, y la ciudadana DENAIDE ALVARADO, CI. V- 14.323.957, asistida por la abogada IDANIA MARTINEZ, IPSA N° 125.514, mediante el cual dejan constancia de haber alcanzado un acuerdo por vía transaccional, a los fines de poner fin la presente demanda, por la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.11.000,00), por todos los conceptos demandados, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas a los profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION solo en cuanto a materia laboral, dada la competencia por este Tribunal, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo se acuerda el cierre informático y archivo definitivo del expediente - ASI SE ESTABLECE.-
EL JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MIGUEL YILALES ZURITA
ABG. GLORIA MEDINA
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