REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 11 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO: AH1A-F-1996-000005
Vistas estas actuaciones, este Tribunal observa:
RESUMEN DE LOS HECHOS
Contienen estas actuaciones demanda de partición intentada por la ciudadana CARMELINA BECERRA GUERRERO contra los ciudadanos RUBEN FERNANDEZ, CARLOS FERNANDEZ, IVAN FERNANDEZ, SAIR FERNANDEZ, ISAURA TORRES FERNANDEZ, ROMELIA TORRES FERNANDEZ y SINAIRA TORRES FERNANDEZ, la cual fue declarada CON LUGAR por sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 1990, folios 327 al 342 de la pieza principal, confirmada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, por sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 1991, folios 372 al 384 de la pieza principal, y anunciado recurso de casación, fue declarado perecido por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia por fallo de fecha 29 de abril de 1993, folios 419 y 420 de la pieza principal.
Adicionalmente surgió una incidencia en virtud de la ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADO, propuesta por JOSE HERNANDEZ LARREAL contra CARMELINA BECERRA GUERRERO, tramitada en Cuaderno separado, que terminó por transacción judicial homologada por este Tribunal en fecha 30 de octubre de 1995, folios 85, 86 y vto. de la pieza I del Cuaderno separado de Intimación de Honorarios Profesionales.
En fecha 08 de junio de 2006, el ciudadano ANTONIO VALERO asistido por el abogado Rafael Boggiano Pericchi, consignó escrito en el cual solicitó la suspensión de medida de embargo decretada en el juicio propuesto por CARMELINA BECERRA GUERRERO contra los ciudadanos RUBEN FERNANDEZ, CARLOS FERNANDEZ, IVAN FERNANDEZ, SAIR FERNANDEZ, ISAURA TORRES FERNANDEZ, ROMELIA TORRES FERNANDEZ y SINAIRA TORRES FERNANDEZ, sobre el 50% de acreencia hipotecaria que constituida a favor de la sucesión de Bernardo Fernández, sobre un inmueble que alegó ser de su propiedad conforme a documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Capital, en fecha 11 de junio de 1985, bajo el No. 43, to o 29, Protocolo Primero, el cual acompaño en original y copia, marcado “A” y a tal efecto consignó caución por la totalidad de dicha garantía, que asciende a la suma de veinticinco mil bolívares. Folios 100 al 112 de la pieza I del Cuaderno separado de Intimación de Honorarios Profesionales.
Por auto de fecha 18 de diciembre de 2006, este Tribunal previa la publicación de cartel de notificación dirigido a las partes y en virtud de la caución prestada, SUSPENDIÓ
la medida de embargo decretada en el juicio propuesto por CARMELINA BECERRA GUERRERO contra los ciudadanos RUBEN FERNANDEZ, CARLOS FERNANDEZ, IVAN FERNANDEZ, SAIR FERNANDEZ, ISAURA TORRES FERNANDEZ, ROMELIA TORRES FERNANDEZ y SINAIRA TORRES FERNANDEZ, sobre el 50% de acreencia hipotecaria que constituida a favor de la sucesión de Bernardo Fernández, sobre el inmueble que alegó ANTONIO VALERO ser de su propiedad conforme a documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Capital, en fecha 11 de junio de 1985, bajo el No. 43, tomo 29, Protocolo Primero.
Por escrito de fecha 05 de marzo de 2012, el ciudadano ANTONIO VALERO asistido por el abogado Rafael Boggiano Pericchi, alegó que este Tribunal omitió en el auto de fecha 18 de diciembre de 2006, pronunciamiento sobre cancelación de la garantía hipotecaria y pide que se subsane la misma, oficiando al Registro Subalterno ordenándole la cancelación de la hipoteca. (Folio 66 pieza 2 de la pieza principal).
SOBRE LA SOLICITUD DE LIBERACION DE GARANTIA HIPOTECARIA
Pasa este Tribunal a pronunciarse sobre la solicitud de declaratoria de liberación de garantía hipotecaria realizada en el presente asunto por el ciudadano ANTONIO VALERO asistido de abogado, y al efecto formula las siguientes consideraciones:
Contienen las presentes actuaciones un JUICIO DE PARTICIÓN en estado de ejecución, lo que lleva a concluir que la controversia planteada ya fue resuelta y se limitó a ordenar la partición.
La solicitud de declaratoria de liberación de garantía hipotecaria realizada en el presente asunto por el ciudadano ANTONIO VALERO asistido por el abogado Rafael Boggiano Pericchi, es totalmente distinta a la pretensión de partición resuelta en esta causa, razón que impide que la misma sea resuelta en este expediente, toda vez que en criterio de quien aquí juzga la declaratoria de liberación de la garantía hipotecaria peticionada debe ser producto de sentencia dictada en virtud de juicio contencioso dirigido al acreedor hipotecario, en este caso, contra los sucesores del De Cujus Bernardo Fernández, a fin de garantizar el derecho a la defensa de éstos, propuesto por el deudor hipotecario que considera cancelada y-o extinguida las obligaciones de pago garantizada con hipoteca. Cabe destacar que la suma de VEINTICONCO MIL BOLIVARES consignada por ANTONIO VALETA, como totalidad del monto de constitución de la garantía, se realizó como CAUCION.
En virtud de lo antes expuesto este Tribunal NIEGA la solicitud de declaratoria de liberación de garantía hipotecaria realizada en el presente asunto por el ciudadano ANTONIO VALERO asistido por el abogado Rafael Boggiano Pericchi, Notifíquese al solicitante.-
EL JUEZ,
Abg. LUIS ERNESTO GOMEZ SAEZ
LA SECRETARIA
Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS
ASUNTO: AH1A-F-1999-000005
LEGS/JGF/Frederick López B.-
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