REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Jueves Doce (12) de Abril del año Dos Mil Doce (2012), siendo las (9:30), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretaria Titular Abogada DAYANA FUENTES GOMEZ, del Apoderado Judicial de la Parte Actora abogado AMÉRICO BAUTISTA LORENZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.993, del Representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., ciudadano, CARLOS RIVAS y del Perito Avaluador ALFREDO GONZALEZ, designados por este Tribunal, Venezolanos, mayores de edad, e identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.530.122, respectivamente; quienes estando presentes en el acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley; a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada y ordenada por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato, sigue La Sociedad Mercantil Inmobiliaria La Vivienda S.R.L., contra Meris Quijada Castañeda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 946.236, bajo el número de Asunto: AP31-V-2011-002264, en la siguiente dirección: Un (01) apartamento ubicado en el Sector “E” de la Urbanización San Luis, en jurisdicción del Municipio Baruta del estado Miranda, que forma parte del Edificio denominado “El Peñón” identificado con el número y letra (D-10), situado en la Planta Superior o Planta Pent House del mencionado Edificio, con una superficie aproximada de Ciento Veintidós Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (122,06 mts2), y sus linderos son los siguientes: NORTE: Fachada Norte, apartamento Pent-House, Pasillo de acceso a escaleras y ascensores y foso de ascensores; SUR: Fachada Sur del Edificio; ESTE: Fachada este del edificio y OESTE: Pasillo de acceso a escaleras y ascensores, foso de ascensores y fachada interna y tiene asignado el Código Catastral N° 15321A13805150PHD. Le corresponde como anexo integrado a la propiedad privativa o exclusiva del mismo, un (1) puesto para estacionamiento de un (1) automóvil, distinguido con la misma sigla del apartamento “D” raya Diez (D-10) y ubicado en la Planta Baja del Edificio. Quedan incluidos en esta venta cualquiera otros derechos y anexidades que al apartamento pudieran corresponderle como accesorios, en los términos del Documento de Condominio, conforme al cual el porcentaje que representa el valor atribuido al apartamento en cuestión, en relación con el fijado a la totalidad del inmueble, es de Dos Con Seiscientas Noventa y Cuatro Mil Novecientas Veintitrés Millonésimas Por Ciento (2.694923%) determinante ese porcentaje en la proporción que tiene su propietario en las cosas comunes o de uso común del inmueble, así como de sus derechos y obligaciones en la administración y conservación de ese mismo inmueble; según consta de documento protocolizado por ante el Registro Público Del Segundo Circuito Del Municipio Baruta Del Estado Miranda, de fecha Treinta y uno (31) de Agosto del dos mil once (2011), inscrito bajo el Número 2011.6161, Asiento Registral 1, matriculado con el Nº 242.13.16.2.1560, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2011; y fue avaluado Prudencialmente por el Perito en la cantidad de Un Millón Doscientos Mil Bolívares Con Cero Céntimos (Bs. 1.200.000,oo).- Seguidamente a la puerta del inmueble supra-identificado, el Apoderado Judicial de la Parte Actora abogado AMÉRICO BAUTISTA LORENZO, ampliamente identificado; le preguntó a la conserje del Edificio en cuestión, de que si la ciudadana Meris Quijada Castañeda, habita en el apartamento objeto de la presente medida, a lo cual la conserje así lo afirmo; este Tribunal Ejecutor de medida en cumplimiento de la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, hasta cubrir la cantidad de Ciento Doce Mil Quinientos Bolívares Exactos (Bs. 112.500,oo), el inmueble supra identificado.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 535 del Código de Procedimiento Civil, se libró Oficio Nro. 060-12, dirigido a la Oficina Subalterna de Registro correspondiente, y se colocó un cartel de notificación de la medida a las puerta del inmueble objeto de la presente medida .- Acto seguido el Tribunal deja constancia que de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero del 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente, no podrá establecer ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal Ejecutor, da por terminado el acto, y ordena la devolución de la presente comisión al Tribunal Comitente, trasladándose a su sede a las (11: 00 a.m.) Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR


Dra. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA

EL REPRESENTANTE DE LA
DEPOSITARIA JUDICIAL


EL PERITO AVALUADOR
LA SECRETARIA TITULAR

Exp: 2306-12
MCCM/dayi