REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Lunes Dos (02) de Abril del año Dos Mil Doce (2012), siendo las Nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), habiéndose jurado la urgencia del caso, se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria, Abogada Dayana Fuentes Gómez; del Apoderado Judicial de la Parte Demandada Accionante en la presente Restitución, Abogado Luis Hernández Fabien, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 65.412, y del ciudadano Benny Palmeri Bacchi, titular de la cédula de identidad Nº 8.773.275, en su carácter de Co-demandado y Representante de la Co-demandada SEBA INVERSIONES INVEST, C.A., en la siguiente dirección: Un apartamento distinguido con el Nº 7-3-A, ubicado en la planta tres (03) del edificio 7, Torre “B”, que conforma la Segunda Etapa del Conjunto Residencial Altos de Villanueva, construido sobre la parcela M2, situada en la Avenida Los Apamates de la Primera Etapa de la Urbanización Villa Nueva del Hatillo, Jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, a objeto de practicar la Restitución a la Co-demanada SEBA INVERSIONES INVEST, C.A., en la persona del ciudadano Benny Palmeri Bacchi y/o su Apoderado Judicial abogado Luis Hernández Fabien, quienes fueron designados Depositaria del inmueble a restituir, ampliamente antes identificado, por el Tribunal de la Causa; restitución ordenada por el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Resolución de Contrato, sigue el ciudadano RUDY SALVATORE LA SCALA, italiano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-1.006.070 contra La empresa SEBA INVERSIONES INVEST, C.A..; y el ciudadano Benny Palmeri Bacchi, titular de la cédula de identidad Nº 8.773.275, Expediente Nº: AP31-V-2010-001814 (Nomenclatura del Tribunal de la Causa).- Seguidamente a la puerta del inmueble supra-identificado, notificó de la presente comisión a practicar, al ciudadano ARMENGO MILTON CRUZ GUERRERO, titular de la cedula de identidad E-82304494, quien manifestó ser el Conserje del Edificio y nos permitió el acceso hasta las puertas del Apartamento, objeto de la presente restitución, encontrándose cerrado al público, el Tribunal procedió a dar los toques de ley; sin ser atendido por persona alguna. En éste estado el Apoderado Judicial de la parte Demandada Accionante de la presente restitución, expone: “Encontrándose el inmueble libre de personas que permitan su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero para que abra las puertas a los fines de materializar la medida”.- Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano: JOSE MANUEL ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad V-15.821.325, quien estando presente aceptó el cargo y prestó juramento de Ley; procediendo de seguida a abrir la puerta del inmueble utilizando medios mecánicos para ello.- Seguidamente Abierta como ha sido la puerta, por parte del cerrajero designado, en el interior del inmueble, el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró persona alguna, ni la existencia de bienes muebles, títulos valores, ni dinero en efectivo, ni joyas.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada, procede a Restituir el siguiente bien inmueble: “Un apartamento distinguido con el Nº 7-3-A, ubicado en la planta tres (03) del edificio 7, Torre “B”, que conforma la Segunda Etapa del Conjunto Residencial Altos de Villanueva, construido sobre la parcela M2, situada en la Avenida Los Apamates de la Primera Etapa de la Urbanización Villa Nueva del Hatillo, Jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, colocándolo en posesión de la Co-demanada SEBA INVERSIONES INVEST, C.A., en la persona del ciudadano Benny Palmeri Bacchi y/o su Apoderado Judicial abogado Luis Hernández Fabien, quienes fueron designados Depositaria del inmueble a restituir, ampliamente antes identificado, por el Tribunal de la Causa; y quienes reciben conformes y toman posesión del inmueble en nombre de su Representada. – En este estado el Apoderado Judicial de la parte Demandada Accionante solicita a este Tribunal que como ha sido cumplida la siguiente comisión, sea devuelta con sus resultas al Tribunal de la Causa. Es todo.- Visto lo solicitado éste Tribunal Ejecutor de Medidas así mismo lo acuerda.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, da por terminado el acto siendo las once y treinta (11:30 am) horas de la mañana y se traslada hasta su sede.-Termino; se leyó y conformes firman.
La Juez Titular.
El Apoderado Judicial
De La Parte Demandada
Accionante
El Co-demandado Accionante
El Notificado
El Cerrajero
La Secretaria
Comisión: 2312-12
MCC/dayi.