REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, jueves Veintiséis (26) de Abril del año Dos Mil Doce (2.012), siendo las Nueves y Treinta de la mañana (9:30 a.m.) se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Abogada Dayana E. Fuentes; del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Mauricio Tancredi Vegas., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 138.286, en la siguiente dirección: Un Galpón con un área aproximada de Doscientos Cuarenta Metros Cuadrados (240 Mts2), ubicado en Filas de Mariches, sector Rincón Largo, frente a Muebles Varela, Municipio Sucre del Estado Miranda.”, a objeto de practicar la Medida de Entrega Material, Real y Efectiva, decretado y ordenado por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Desalojo, sigue Magdalena Yuraima Echenagucia, contra Daniel Enrique Jaspe Serrano, en el Expediente: AP31-V-2009-000727 (nomenclatura del Tribunal de Causa).- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notificó de su misión al ciudadano: José Antonio Jaspen Serrano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.971.788, quien solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas, le sea concedido un término de cuarenta y cinco (45) días, para retirar sus bienes y dejar el inmueble libre de bienes y personas. Es todo.- En este estado, el Apoderado Judicial de la parte actora, Mauricio Tancredi, ampliamente identificado, vista la solicitud del notificado, le pido muy respetuosamente a este Tribunal, se ABSTENGA de practicar la presente Medida De Entrega Material, Real y Efectiva para lo cual fue comisionada; y que la presente Comisión sea devuelta al Tribunal de la Causa. Es todo.- Vista la solicitud del apoderado actor abogado Mauricio Tancredi, ampliamente identificado, éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se ABSTIENE de practicar la medida de Entrega Material, Real y Efectiva, acordada por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para lo cual fui comisionada y acuerda devolver la presente Comisión con sus resultas al Comitente. Es todo.- Se deja constancia de Conformidad al acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia aun vigente, que no podrá establecer ni fijar tasas, aranceles o erogación alguna”. Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, dá por terminado el acto siendo las doce y treinta hora de la tarde (12:30 p.m.). Termino; se leyó y conformes firman.
La Juez Titular
EL Apoderado Actor
El Notificado
La Secretaria Titular.
Comisión Nro. 2290-12.-
MCCM/dayi.