REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO
CORTE DE APELACIONES PENAL
San Juan de los Morros, 18 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2011-000719
ASUNTO : JP01-X-2012-000029
DECISIÓN Nº: 08
MOTIVO: ADMISIBILIDAD DE LA INHIBICIÓN
JUEZ INHIBIDO: MIGUEL RAFAEL LEDEZMA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL. ESTADO GUÁRICO. VALLE DE LA PASCUA
PONENTE: ABG. GREGORIA MEDINA BERMÚDEZ
Vista la inhibición de fecha 06 de Marzo de 2012, y recibida en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de San Juan de Los Morros en fecha 23 de Marzo del año 2012; suscrita por el Abg. MIGUEL RAFAEL LEDEZMA, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en el asunto penal Nº JP21-P-2011-000719, llevada por ese Tribunal A quo; bajo la causal prevista en el artículo 86 numeral 7, en relación con el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE la presente inhibición de conformidad con lo estatuido en el artículo 96 de la ley penal adjetiva. Y así se decide. Publíquese. Cúmplase.-
LA JUEZA PRESIDENTE DE SALA Y PONENTE
ABG. GREGORIA MEDINA BERMUDEZ
LOS JUECES
ABG. ÁLVARO COZZO TOCINO ABG. JULIO CESAR RIVAS
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN VARGAS MALPICA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN VARGAS MALPICA
ASUNTO: JP01-X-2012-000029
GMB/ACT/JCR/CMV/jghs.-