REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- San Juan de los Morros, Dieciocho (18) Días del Mes de Abril del Año Dos Mil Doce (2.012).-------------------------------------------------------------------

201º y 153º

Vista la Inhibición que cursa al folio número ocho (08) del presente expediente, fechado el día dos (02) de marzo del año dos mil doce (2012), formulada por la Abogada Esthela Carolina Ortega Velásquez, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio que por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, es seguido por los ciudadanos NANCY MASIEL BARON y JUAN ANDRES BARON, en contra de los ciudadanos SULEMA BANDRES y JUAN BANDRES, en la cual expuso:

“…Me inhibo de conocer del presente procedimiento, signado con el Nº 7.209-09, contentivo del juicio que por inquisición de paternidad, seguido por Nancy Masiel Barón y Juan Adres Barón, contra Sulema Natacha Bandres Barreto y Juan Eleazar Bandres, por cuanto emití opinión el la presente causa, a través de fallo de fecha 25 de julio del 2.011, que fue anulado, según sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil de esta Circunscripción Judicial en fecha 8 de febrero del presente año 2.012. Fundamento la presente inhibición en el artículo 82, ordinal 15º del Código de Procedimiento Civil...”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,


Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,


Abg. Shirley M. Corro B.

En esta misma fecha se remite el expediente al Juzgado de la causa, en una (01) pieza constante de once (11) folios útiles, mediante Oficio Nº ______.-

La Secretaria,


Exp. Nro. 7.093-12