REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, Veintisiete (27) de Abril del Dos Mil Doce (2.012).

201º y 153º

Vista la inhibición que cursa en el folio 08, de este expediente, fechado el día Diecisiete (17) de Mayo del 2.011, formulada por el Abogado Dr. Guillermo Blanco Vázquez, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio seguido por SAMARI BURGOS contra EMPRESA MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. DE SEGUROS. por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, en el cual expuso:

“Me inhibo de conocer de la presente causa por cuanto en fecha 21-06-2010 en el juicio por Indemnización por Daños y Perjuicios seguido por Carlos Alberto Espinoza, en contra de Mohamed Mousa, fui recusado por el Abogado Alejandro Yabrudy, y por cuanto en la presente causa aparece como Abogado Apoderado de la parte demandada el referido Abogado, quien manifestó en esa oportunidad que entre los dos pudiera haber una posible enemistad, de la cual yo no tenia conocimiento hasta esa fecha, es por lo que me inhibo de conocer de la presente causa, de conformidad con el articulo 82.18 del Código de Procedimiento Civil….”
Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha en forma legal y con fundamento en la causal expuesta en el acta de Inhibición, se declara CON LUGAR por ser procedente en derecho.
El Juez Accidental


Dr. Jesús Antonio Anato
La Secretaria Accidental


Abg. Shirley M. Corro B.

Exp: 6950-11