REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JULIAN MELLADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
El Sombrero, diecisiete de abril de dos mil doce
202º y 153º

Vista la anterior solicitud, interpuesta por la ciudadana RITA ELENA BOLIVAR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.823.980, domiciliado en esta ciudad de El Sombrero, Estado Guárico, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos, ANIBAL JOSE, JOSE LUIS, NATHALIE JOSEFINA y RAFAEL BOLIVAR HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-10.343.262, V-18.474.990, V-8.823.981 y V-8.823.979 respectivamente, del mismo domicilio, y debidamente asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO BUITRAGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.930, a fin de que sean declarados, como Únicos y Universales Herederos del de cujus ANIBAL JOSE BOLIVAR RODRIGUEZ, quien falleció ab-intestato el día 15-05-2007, en sta ciudad de El Sombrero, Estado Guárico, y quien en vida fuera de nacionalidad venezolana, mayor de edad, viudo, educador, titular de la cédula de identidad Nº V-252.918; así como también el Justificativo de Testigo Nº 3.365-12, promovido y evacuado por ante este Juzgado en fecha 16-04-12.- En consecuencia, éste Tribunal declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos sobre los bienes dejados por el de cujus ut supra mencionado, a los ciudadanos RITA ELENA BOLIVAR HERNANDEZ, ANIBAL JOSE, JOSE LUIS, NATHALIE JOSEFINA y RAFAEL BOLIVAR HERNANDEZ plenamente identificados, dejándose a salvo los derechos de terceros.- Expídase copias certificadas por Secretaría que fueren menester a los solicitantes. Devuélvanse éstas actuaciones con sus resultas originales a los interesados a los fines de Ley, todo de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.-
La Juez Prov.

Dra. Carmen Alicia Rodríguez
El Secretario

Abg. Jairo Efraín Nares Ortega
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado, conforme al auto que antecede.---
El Strio.