REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de agosto de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2011-006361.
PARTE DEMANDANTE: ZORI SOFIA RUIZ CABARCAS.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: HILSY SILVA.
PARTE DEMANDADA: CAFÉ ATLQ C.A., DISTRIBUIDORA DISNEY C.A. e INVERSIONES LECLUB C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARIANA ALZAMORA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Vista la transacción que antecede presentada por la ciudadana MARIANA ALZAMORA PAUCAR, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.936, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada CAFE ATLQ C.A., MARIA EUGENIA LUQUE, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 112.918, coapoderada judicial de DISTRIBUIDORA DISNEY C.A. e INVERSIONES LE CLUB C.A., por una parte, y por la otra HILSY SILVA, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.123, apoderada judicial de la parte actora ciudadana ZORI RUIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.756.995, mediante la cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo en fase de mediación con el animo de dar por terminado el presente juicio, y la representación judicial de la parte demandada le hizo entrega a la representación judicial de la parte actora, de un (1) cheque a nombre de la extrabajadora ZORI RUIZ CABARCAS, librado contra la entidad bancaria Banco Mercantil distinguido con el número 83353781 por la cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.9.352,65), de fecha 27 de julio de 2012, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de las partes actora y demandada en el presente juicio, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajadora reclamante ZORI RUIZ CABARCAS, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.9.352,65), de un monto inicialmente demandado de Bs.9.352,65, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 19 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por cuanto consta a los autos el cumplimiento del pago acordado por las partes en la referida transacción, por los conceptos reclamados de las indemnizaciones por Despido Injustificado e Indemnización Sustitutiva de Preaviso, Antigüedad Acumulada y Fraccionada, Vacaciones, Bono Vacacional y Utilidades Fraccionadas (2011), Vacaciones y Bono Vacacional Vencido (2010-2011) e intereses sobre prestaciones sociales, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el éste proceso con respecto a la parte demandante ZORI RUIZ CABARCAS.- Así se establece.-

La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)

Abog. Adriana Bigott