En horas de Despacho del día de hoy Trece (13) de Agosto del Dos Mil Doce (2012), siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Embargo ejecutivo, decretada por el Juzgado Superior Civil (Bienes) Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, Estado Aragua, en fecha 21-05-12, con motivo de la SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ABG. LUIS MERCEDES HERNANDEZ Inpreaboghado Nº 101.351, en su carácter de Apoderado Judicial de los Ciudadanos INGRID SOTO Y OTROS en contra de la EMPRESA MECANICA INTEGRADA C. A. (MECAINT C. A.) En este estado y encontrándose presentes en la sala de este Tribunal los ABGS LUIS MERCVEDES HERNANDEZ Y FRANKLIN AGÜERO, Apoderado Judicial de la empresa demandada, se le cede la palabra al apoderado judicial de la parte ejecutada, “Visto el mandamiento en contra de mi representada, propongo a la parte ejecutante, a los fines de dar cumplimiento al mismo, un convenimiento en los siguientes términos, un pago inicial en este acto por la cantidad (Bs. 237.026,45 Bs.) y el saldo deudor (397.751,oo Bs.) dividido en doce meses a partir del 15-09-2012, a los fines de dar cumplimiento al Embargo Ejecutivo, es todo.” Expone el Apoderado Judicial de la parte ejecutante: “primero estoy de acuerdo con los términos utilizados para llegar a un acuerdo y a los fines de que produzca el fiel cumplimiento a éste convenio me reservo el derecho de seguir embargando en el momento que la parte demandada incumpla con el mismo, es todo”. Solicita el derecho de palabra el ABG, FRANKLIN AGÜERO, quien expone: “Consigno cheque de gerencia del Banco Bancaribe agencia de San Juan de los Morros Nº 45157113 a nombre del ABG. LUIS MERCEDES HERNANDEZ por el monto de (237.026,45Bs.) para dar cumplimiento al pago inicial del convenio y me comprometo a la total cancelación de los siguientes pagos, solicito asimismo que el presente convenio sea homologado por el Tribunal de la Causa, el apoderado Judicial de la parte ejecutante acepta el cheque consignado en este acto y lo recibe conforme y pido en este acto que quede establecido el sitio donde serán consignados los otros cheques y pido que sean consignados en este mismo Tribunal, es todo. Vistas las exposiciones de las partes, acuerda el pedimento y mantiene la presente comisión en los archivos de éste Juzgado, hasta tanto se verifique el cumplimiento total del acuerdo realizado entre las partes. Es todo. Termino se leyó y conforme firman. LA JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. LUIS MERCEDES HERNANDEZ; ABG PARTE EJECUTADA (fdo Ilegible) ABG. FRANKLIN AGÜERO HERNANDEZ; LA ALGUACIL (Fdo Ilegible) MILAGRO CARIDAD MOTA CARPIO Y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.