REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-S-2012-001437

Vista la transacción presentada en fecha 07 de diciembre de 2012, suscrita por los el ciudadano JOSE MIGUEL GUAREMA MEJIAS, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, ciudadano NOSLEN TOVAR, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 112.059, por una parte, y por la otra el abogado JESUS LEOPOLDO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (BS. 957,11), cancelados mediante Cheque N° 36..3223, de la Cuenta Nº 0102-0140-33-0000046734, de fecha 31 de julio de 2012, girado contra el Banco de Venezuela, a nombre JOSE MIGUEL GUAREMA MEJIAS, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.

El Juez
El Secretario
Francisco Javier Río Barrios
Yorman García Martínez