REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15) De Primera Instancia De Mediación Y Sustanciación
Caracas, 18 de Marzo de 2013
202° y 154°
ASUNTO: AP51-V-2011-009420
MOTIVO: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
PARTE ACTORA: ALBA ROSA ZERPA, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad número V- 9.314.370.
PARTE DEMANDADA: CRISTINA DEL CARMEN MONTILLA, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 25.219.697.-
ABOGADO: RAMON LISCANO, en su carácter de Fiscal Centésimo Sexto (106°) del Ministerio Público.-
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Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el expediente, contentivo de la demanda de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por la ciudadana ALBA ROSA ZERPA, ya identificada, y asistida de abogado; este Tribunal, observa que en fecha 12/03/2013, la ciudadana, consignó diligencia mediante la cual, DESISTE de la presente causa, manifestando: “(…) Desiste de la presente causa, toda vez que actualmente el niño se encuentra bajo su cuidado, por cuanto fue maltratado por la progenitora (…) .” En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes dicho desistimiento, y le da carácter de cosa Juzgada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los dieciocho (18) días de marzo de Dos Mil Trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZ
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
ABG. LUISA OLIVEROS
AP51-V-2011-009420
Lcd/lo/marianna
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