REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO






JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO. TRES (03) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012). AÑOS 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153º DE LA FEDERACIÒN.

Vista la diligencia de fecha 30/11/2012, suscrita por los abogados Juan Rafael Aguirre y Juan Isaac Pérez Rojas, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 128.864 y 51.589, respectivamente, con el carácter acreditado en autos, mediante la cual solicitan al Tribunal la suspensión de la causa, hasta tanto conste el cumplimiento total de la transacción inserta a los folios 174 al 175, del presente expediente, este Tribunal una vez revisado el contenido del acta de Inspección de fecha 09/10/2012, inserto a los folios 170 al 172, en la cual consta que las partes suscribieron acuerdo sujeto a condiciones, acuerda lo solicitado en sujeción al articulo 202 del Código de Procedimiento Civil vigente. En consecuencia, se suspende el curso de la presente causa hasta tanto conste en autos el cumplimiento del acuerdo establecido.
La Jueza Provisoria,


Xiomara Méndez Ramírez
La Secretaria,

Maribel Caro Rojas




XMR/MCR/mapl
Exp: 137-11