REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º


De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 30 de mayo de 2007 dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JUVALLE RAMÓN SILVA (cédula de identidad Nº 6.193.617), asistido de abogado, contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO GUÁRICO.

Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentivo de trescientos quince (315) folios útiles incluido el presente auto y un antecedente administrativo constante de ciento treinta y cinco (135) folios útiles.
El Juez,




Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,




Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2005-000092
RADZ/RJRF/ggpr