REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecisiete (17) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha veinte de abril de 2007 dictó sentencia en la presente causa, declarando SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por el ciudadano RICHARD JOSÉ FARÍAS MEJIAS (titular de la cédula de identidad 9.685.689), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. No obstante, se advierte que en fecha diecinueve (19) de octubre de dos mil diez (2011) la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo declaró INADMISIBLE el recurso interpuesto.
Por tanto, no queda alguna otra actuación por realizar por parte de este Órgano Jurisdiccional y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por dos (02) piezas principales, la primera pieza contentiva de ciento setenta y cuatro (174) folios útiles y la segunda pieza constante de ciento catorce (114) folios útiles y un antecedente administrativo de doscientos noventa y cuatro (294) folios útiles.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2005-000107
RADZ/RJRF/ggpr