En el día de hoy miércoles dieciocho de enero del año dos mil doce (18/01/2012), siendo las dos hora y treinta minutos de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada en autos para la práctica de la medida de embargo ejecutivo, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por el Juez Titular ciudadano PEDRO R. APONTE M., y el Secretario Titular del Juzgado Abogado IUXTZABUT ANDRÉS LAYDERA G; a la siguiente dirección: Centro BANAVEN, Agencia del Banco Exterior, Banco Universal, ubicada entre Avenida Ernesto Blohn y La Estancia Torre C, PB, Cubo Negro Urbanización Chuao, Municipio Chacao, Caracas; a solicitud y en compañía de la parte ejecutante representada por su apoderado judicial Abogado JUAN CARLOS ROJO ROSALES, suficientemente identificado en autos e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°140.239, quien solicitó se habilite el tiempo necesario y juró la urgencia del caso, lo cual fue acordado en autos por este Tribunal; a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, sigue la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, contra el contribuyente sociedad mercantil GAMBLING 777 INVESTOR, C.A., cuya denominación comercial es BINGO FORTUNA, sustanciado en el expediente N°AP41-U-2011-000427, nomenclatura interna correspondiente a ese juzgado. Una vez constituidos en la Agencia del Banco Exterior, fuimos atendidos por la ciudadana DESSIRE BOADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°12.397.614, quien manifestó desempeñarse como Sub-Gerente de dicha agencia, a quien inmediatamente el ciudadano Juez procedió a notificar de la misión del tribunal, para lo cual se le leyó la comisión en su integridad, y le cedió la palabra al apoderado judicial de la parte ejecutante, quien expuso: “Muy respetuosamente le solicito a este tribunal que se sirva embargar ejecutivamente la suma liquida de dinero decretada en el despacho, menos la cantidad ya embargada que se encuentra en la Cuenta Corriente N°01150063360630028170, la cual pertenece a la parte ejecutada sociedad mercantil GAMBLING 777 INVESTOR, C.A., cuya denominación comercial es BINGO FORTUNA. Asimismo, me reservo el derecho de continuar señalando bienes a objeto de ser embargados. Es Todo.” Acto seguido, la notificada quien en conocimiento del contenido de la comisión la cual le fue leída íntegramente expuso: “Informo al tribunal que la sociedad mercantil GAMBLING 777 INVESTOR, C.A., posee Cuentas Corriente en esta institución y la misma no contienen fondos. Es todo.” Vista la manifestación de la notificada le cedió la palabra al apoderado judicial de la parte ejecutante quien manifestó: “Le solicito al tribunal se sirva diferir la ejecución y mantenga la comisión en su despacho. Es todo.” Vista la solicitud, el tribunal acuerda diferir y mantener la comisión en sus archivos hasta la solicitud de una nueva oportunidad. La presente acta sólo contiene las menciones que por obligación legal le son permitidas, en aplicación de los artículos 188, 189 y 536 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente.-Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la Republica. Seguidamente el tribunal da por terminado el acto, ordena el cierre del acta, de la cual se le hace entrega al notificado de una Copia Certificada de la misma, y el regreso a su sede siendo las 03:30 p.m. Finalmente el secretario da lectura al acta dejando constancia que no hay oposición tachaduras ni enmiendas. Es todo.-
EL JUEZ PRIMERO
EJECUTOR DE CARACAS,
(FDO.),
LA PARTE EJECUTANTE,
(FDO.),
LA NOTIFICADA,
DESSIRE BOADA,
(FDO.),
EL SECRETARIO.
(FDO.).