REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de enero de 2012
Años 201° y 152°
Vista la diligencia de fecha 13 de enero de 2012, suscrita por la ciudadana DANIELA MORENO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 173.081, actuando en su carácter de apoderada judicial. Mediante la cual da cumplimiento al auto de fecha 06 de diciembre de 2011, en consecuencia este Tribunal, ADMITE la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la ley. Asimismo, se exhortó a los cónyuges ciudadanos MARGARET DARINA GENATIOS y LUIS ANTONIO SOSA, a la reconciliación sin lograrse ésta, en consecuencia, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignada por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
El Juez,
RENAN JOSE GONZALEZ.
El Secretario,
ERICKSON MARTINEZ
Exp. AP31-S-2011-010582
RJG/EM/LR
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